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[Madrid, por D & V Asesores]

MERCANTIL

La Sociedad Comanditaria por Acciones

Las características de la sociedad son las siguientes:

- Se aplica la Ley 19/1989 de Sociedades Anónimas, salvo en lo que resulte incompatible con determinadas disposiciones establecidas en el Código de Comercio

- En la sociedad comanditaria por acciones existen dos categorías de accionistas:

Socios colectivos responden personal y solidariamente de las deudas sociales y han de ser necesariamente administradores de la sociedad.

Socios comanditarios carecen de responsabilidad personal y participan en la organización de la sociedad a través de la Junta General

- Mínimo 2 socios, de los cuales uno al menos será socio colectivo

- El capital social, dividido en acciones, no podrá ser inferior a 60.101,21 € y debe ser desembolsado al menos el 25% en el momento de la constitución y el resto cuando se establezcan los Estatutos

Constitución de la Sociedad

- Escritura pública, con mención de los estatutos sociales, en los que se expresa el capital social

- Inscripción en el Registro Mercantil y publicación en el Boletín Oficial del Registro

Órganos Sociales

- La Junta General se rige por las disposiciones de la Ley de Sociedades Anónimas

- Socios administradores tienen las facultades, los derechos y deberes de los administradores en la sociedad anónima. El socio o socios encargados de la administración responden personal e ilimitadamente frente a terceros de las deudas sociales

 

Podemos atenderle en:

c/ Azcona, 36. Exterior. Local 2
28028 Madrid
Tel.: 91 361 25 69
Fax: 91 542 57 12

E-Mail: info@fiscalasesor.com

 

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