LABORAL Ley 43/2006. Reforma Laboral: Empleo y Exclusión Programa de Fomento del Empleo Tiene carácter permanente. Determina las bonificaciones por contratación indefinida a tiempo completo y a tiempo parcial incluída la modalidad de fijo discontinuo, y excepcionalmente por la contratación temporal. Dan derecho a bonificación: • Los contratos indefinidos iniciales celebrados con mujeres en general y grupos específicos, los jóvenes, mayores de 45, parados de larga duración, personas con discapacidad, personas en situación de exclusión social, víctimas de violencia doméstica. • La contratación temporal de personas discapacitadas, personas en situación de exclusión social personas maltratadas–violencia de género y doméstica. • El mantenimiento del empleo (para mayores de 60 y mujeres reincorporadas tras la maternidad). • La conversión de contratos temporales en indefinidos. Los contratos temporales convertidos en indefinidos hasta el 31/12/2006 se pudieron acoger al Plan Extraordinario, bonificándose con 800 € durante 3 años. A partir de 1 de enero de 2007 desaparecen las transformaciones bonificadas a excepción de las de contratos formativos, relevo, sustitución por jubilación y de fomento del empleo y formativos celebrados con trabajadores discapacitados. Definición de colectivos pertenecientes a exclusión social • Perceptores de rentas mínimas de inserción u otra prestación de similar naturaleza otorgada por una Comunidad Autónoma. • Personas que no puedan acceder a esas prestaciones por falta de período exigido de residencia o empadronamiento o para la constitución de la unidad perceptora. También haber agotado el período máximo de percepción establecido. • Jóvenes mayores de 18 años y menores de 30 que procedan de instituciones de protección de menores. • Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo en proceso de rehabilitación o reinserción social. • Internos de centros penitenciarios con posibilidad de acceso al empleo, liberados condicionales y ex reclusos. • Menores internos (LO 5/2002), ex internos y en libertad vigilada Podemos atenderle en: c/ Azcona, 36. Exterior. Local 2 28028 Madrid Tel.: 91 361 25 69 Fax: 91 542 57 12 E-Mail: info@fiscalasesor.com
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