IRPF 2009.
Ejercicio 2008
Para el cálculo del rendimiento del capital mobiliario obtenido con el rescate parcial de un seguro, se considera que la cantidad recuperada corresponde a las primas satisfechas en primer lugar, incluyendo la rentabilidad acumulada en cada prima.
La aseguradora debe informarle de las primas a las que corresponde dicho rescate parcial y el rendimiento correspondiente.
Si contrató el seguro antes del 20 de enero de 2006 y han transcurrido más de cinco años desde el pago de las primas, hubiera tenido derecho a una reducción del 75% según la anterior normativa, lo que implica que ahora puede aplicar la deducción por compensación.
Con anterioridad la normativa sólo permitía aplicar los porcentajes de reducción a los rendimientos del primer rescate hecho en cada año natural
Este criterio sigue aplicándose en el cálculo de la deducción por compensación. Aunque con la normativa actual todos los rescates parciales tributan de la misma manera, le interesa realizar un único rescate parcial cada año para aprovechar al máximo la deducción por compensación.