| Noticias | [Madrid, por D & V Asesores] | CONTABLE La Nueva Reforma Contable ha entrado en vigor el 1 de enero de 2008 La Reforma Contable es ya una realidad, por tanto, TODAS las empresas españolas deberán cambiar su contabilidad a partir del 1 de enero de 2008. El Plan General de Contabilidad de 1990 es anulado. Este nuevo Plan general contable no solo supone un cambio en la gestión contable, sino también un cambio o adecuación de sus aplicaciones informática contables y de gestión integrada. El Ministerio de Economía y Hacienda ha publicado ya el segundo borrador del nuevo Plan General de Contabilidad 2008, así como el del Plan General de Contabilidad de Pymes a través del ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas). La Ley de la Reforma Contable, Ley 16/2007 de 4 de julio implica grandes cambios en la contabilidad española al variar las normas de valoración, lo que implica cambios en el Plan General de Contabilidad, en la presentación de las Cuentas Anuales,... Esta reforma está motivada por la adaptación de la contabilidad española a las Normas Internaciones de Contabilidad y las Normas Internacionales de Información Financiera (NIC/NIIF). Al afectar las NIC, inicialmente, a sólo un determinado tipo de empresas, ha provocado que muchas empresas consideren que la reforma contable no les va a afectar. Esto es un gran error, pues la reforma contable afecta a TODAS las empresas españolas, que se verán obligadas a modificar su contabilidad desde el 1 de enero de 2008. TODAS las empresas españolas deberán cambiar la forma de llevar su contabilidad a partir del 1 de enero de 2008. Por lo tanto, se anula el Plan General de Contabilidad de 1990. Todas las empresas españolas necesitan actualizar sus conocimientos contables a la nueva normativa. El Plan General de Contabilidad 2008 incorpora importantes modificaciones respecto a su predecesor de 1990. Cabe citar, entre otros aspectos, la creación de 2 nuevos grupos en el Cuadro de Cuentas (8 y 9); se crean, modifican o eliminan más de 200 cuentas/subcuentas; las Cuentas Anuales incluyen dos nuevos informes (Estado de cambios en el patrimonio neto y Estado de flujos de efectivo),... El Plan General de Contabilidad será de aplicación obligatoria para todas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, individual o societaria, sin perjuicio de aquellas empresas que puedan aplicar el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas (en adelante, también PGC de PYMES). No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, no tendrán carácter vinculante los movimientos contables incluidos en la cuarta parte y los aspectos relativos a numeración y denominación de cuentas incluidos en la quinta parte del Plan General de Contabilidad, excepto en aquellos aspectos que contengan criterios de registro o valoración. El Ministerio de Economía y Hacienda, con fecha 4 de julio, ha publicado el segundo borrador del nuevo Plan General de Contabilidad 2008, el cual puedes descargar desde aquí. También se ha publicado el borrador del Real Decreto que aprobará el Nuevo Plan General de Contabilidad 2008, lo que hace inminente la aprobación definitiva de los mismos. Hasta el 6 de septiembre se pudieron realizar aportaciones y comentarios al Plan General de Contabilidad, y hasta el 25 de septiembre al Plan General de Contabilidad de Pymes. El Ministerio, a través del ICAC, permite realizar estos comentarios desde su propia página Web. Podemos atenderle en: c/ Azcona, 36. Exterior. Local 2 28028 Madrid Tel.: 91 361 25 69 Fax: 91 542 57 12 E-Mail: info@fiscalasesor.com
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