Vivienda
Deducción por adquisición de vivienda habitual. Se fija el porcentaje de deducción por inversión en vivienda en el 15%, exista o no financiación ajena.
• Base máxima de deducción anual: 9.015 euros.
• Deducción anual máxima: 1.352 euros.
No obstante, para no generar perjudicados, tendrán compensación fiscal las viviendas adquiridas antes del 20 de enero de 2006.
En los supuesto de supuestos de nulidad, separación o divorcio, el contribuyente podrá seguir aplicándose la deducción por la que fuera su vivienda habitual y continúe siéndolo para los hijos y el progenitor en cuya compañía queden.
Otras deducciones por vivienda. Se establece un 20 % de deducción por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad, exista o no financiación ajena. Se permite deducir a los vecinos de un inmueble por las obras de adecuación por razones de discapacidad.
Por otra parte, se amplía el grado de parentesco con la persona con discapacidad (línea directa o colateral, consanguínea o por afinidad, hasta el tercer grado). Ahorro
• Todos Los productos de ahorro tributarán al 18%.
• Introduce certidumbre y neutralidad: o Desaparece el análisis financiero y fiscal.
• Mejora la competencia. o Genera más crecimiento y más ahorro.
• Eliminación de la deducción por doble imposición de dividendos. Se introduce una exención de 1.500 euros anuales para los dividendos.
• Cumple con el Derecho Comunitario