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[Madrid, por D & V Asesores]

FISCAL

Eliminación del Impuesto de Donaciones y Bonificación del Impuesto de Sucesiones en Madrid

Desde el 1 de enero de 2006, los madrileños pagan menos impuestos. La primera medida ha sido la de eliminar totalmente el impuesto de donaciones entre padres, hijos, cónyuges y parejas de hecho. En 2004, se aprobó la supresión de este tributo para donaciones de padres a hijos menores de 35 años, siempre que la cantidad entregada fuera menor de 30.000 euros y estuviese destinada a la adquisición de una vivienda. A partir de ahora, queda eliminado el impuesto de donaciones, sin límite de edad ni de cantidad, aunque se mantiene la limitación de que las donaciones sean entre personas que entre sí tengan el citado parentesco.

El impuesto de donaciones en la Comunidad de Madrid oscila entre un tipo de 7,66% para las cantidades donadas entre 0 y 8.313 euros y hasta un tipo del 34% para donaciones de más de 798.817 euros, siempre que no respondan a las características señaladas.

Además, la recaudación por este impuesto supone para la Comunidad alrededor de 25 millones de euros, una cantidad muy baja. Ya se tiene eliminado el impuesto de sucesiones para los hijos y nietos menores de 21 años, así como para los cónyuges y ascendientes en primer grado, sin límite de herencia, mientras que el resto de contribuyentes están exentos de tributar si se trata de bienes por importe igual o inferior a 100.000 euros. Los que superen esta cantidad sólo tributarán por el excedente del mismo.

La nueva fiscalidad de las donaciones en la autonomía madrileña ha cambiado totalmente el escenario de la sucesión empresarial y la transmisión patrimonial entre familiares de primer grado. Hasta enero de 2006 resultaba más interesante realizar una compraventa (tributaba al 15 por ciento) que donar (el tipo podía llegar hasta el 30 por ciento). El aumento de las donaciones, desde la entrada en vigor de la reforma se han multiplicado por más de siete veces, pero no se ha producido una merma del volumen de recaudación.

La bonificación en 99 por ciento del Impuesto de Donaciones se ha complementado en Madrid con la liberación del Impuesto de Sucesiones (en vigor desde enero de 2007) y la reducción en un punto de la tarifa IRPF del tramo autonómico, en virtud de la reforma del impuesto que el Gobierno autonómico introdujo en la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de 2007.

También se suprime otro impuesto, el de Patrimonio. La asamblea madrileña aprobó en diciembre pasado la progresiva desaparición de este impuesto. Una medida que viene siendo reclamada desde amplios sectores de la sociedad y recomendada por la mayoría de los fiscalistas. Actualmente, sólo España, Francia y Suecia mantienen en la UE esta tasa sobre el ahorro. La supresión del Impuesto sobre el Patrimonio en la autonomía madrileña se realizará escalonadamente. En 2008, se reducirá el tipo máximo del impuesto del 2,5 por ciento actual hasta el 1,5 por ciento (con el fin de situarlo por debajo del francés); y desaparecerá en el año 2010.

Esta supresión ha terminado por alcanzar al ámbito nacional puesto que el ejercicio 2007 será el último que se declare por el Impuesto sobre el Patrimonio

 

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