Corresponden al Administrador las funciones que se detallan a continuación:
- Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los Tribunales
- Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos
- Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes
- Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que procedentes
- Actuar, si fuese necesario, como Secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la Comunidad