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[Madrid, por D & V Asesores]

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Los Fondos de la Unión Europea y su Gestión Estatal

Entre los Fondos Comunitarios del presupuesto de la UE revisten un papel muy significativo los llamados recursos estructurales.

Estos recursos son los denominados Fondos Estructurales Europeos (FEDER, FSE, FEOGA-orientación e IFOP) y, también, el Fondo de Cohesión.

Tanto los Fondos Estructurales como el Fondo de Cohesión atienden a la finalidad de favorecer un mayor grado de cohesión económica y social en el espacio comunitario a través de la cofinanciación de las políticas de gasto público desarrolladas por los estados-miembros y dirigidas a la consecución de dicho objetivo.

En el caso de los Fondos Estructurales Europeos, en virtud de lo establecido en los artículos 158 y 160 del Tratado de la UE, dicha finalidad se persigue a través de políticas encaminadas a conseguir un mayor equilibrio entre los niveles de desarrollo de las distintas regiones y territorios que componen la Unión, por lo que su aplicación se inscribe en el ámbito de la política regional.

El Fondo de Cohesión, atiende, por su parte, a la finalidad de favorecer el crecimiento económico y la convergencia real de los estados-miembros de la Unión con un menor nivel de desarrollo intentando garantizar que el crecimiento sea compatible con el mantenimiento de sus equilibrios macroeconómicos y presupuestarios fundamentales.

En España, la coordinación de la aplicación y gestión de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión recae en el Ministerio de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Fondos Comunitarios de la Secretaria General de Presupuesto y Gastos la cual está encuadrada en la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos.

Entre otras, esta Dirección General tiene atribuidas las siguientes competencias y funciones:

- La negociación con la Comisión Europea de los asuntos relacionados con los fondos estructurales europeos, en especial, en lo que se refiere a los objetivos 1 y 2, así como de los asuntos relativos al Fondo de Cohesión.

- La coordinación de las Administraciones territoriales en lo relativo a la programación, seguimiento y evaluación de los fondos estructurales comunitarios y del Fondo de Cohesión, así como la coordinación del resto de Departamentos ministeriales responsables de la gestión de fondos estructurales.

- La elaboración de estudios y coordinación de evaluaciones de programas financiados con fondos estructurales europeos.

- El análisis, selección y seguimiento de los proyectos que deben ser financiados con cargo a los recursos del Fondo de Cohesión, del Fondo de Compensación Interterritorial y del Fondo de Teruel.

- La propuesta de los pagos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión a los beneficiarios finales de los mismos.

 

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