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[Madrid, por D & V Asesores]

MERCANTIL

El Empresario Individual. Características Ventajas y Libros

A continuación facilitamos unas notas definitorias del empresario individual:

- No tiene una regulación legal específica y está sometido en su actividad empresarial a las disposiciones generales del Código de Comercio y al Código Civil, en materia mercantil y en materia de derechos y obligaciones

- Control total de la empresa por parte del propietario

- La empresa y su titular (empresario) tienen igual personalidad jurídica

- No hay diferenciación entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil

- Los trámites se inician al comienzo de la actividad empresarial

- La aportación de capital a la empresa, en calidad y cantidad lo decide el empresario

¿Qué ventajas aporta ser empresario individual?

- Forma idónea para el funcionamiento de empresas de muy reducido tamaño

- Ahorro de gestiones y trámites para la realización de su actividad, ya que no tiene que realizar trámite de adquisición de la personalidad jurídica

- Puede resultar más económico, dado que no crea persona jurídica distinta del propio empresario.

¿Qué desventajas conlleva ser empresario individual?

- Responde con su patrimonio personal de las deudas generadas en su actividad

- Si el empresario o empresaria están casados puede dar lugar a que sus actividades alcancen al otro cónyuge, según la clase de bienes:

< Los bienes propios de los cónyuges empresarios quedan obligados a los resultados de la actividad empresarial

< Los bienes privativos del cónyuge del empresario pueden quedar obligados por consentimiento expreso en escritura pública

Si su volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipos impositivos muy elevados, las Sociedades tributan al tipo fijo del 35% sobre los beneficios, mientras la persona individual tributa por tipos más elevados cuanto mayor es su volumen de renta.

LIBROS

Dependerá del Régimen Fiscal a que esté sometido el empresario

- Si está en régimen de estimación directa y se dedica a una actividad industrial, comercial o de servicios, deberá llevar los libros oficiales del Código de Comercio que deberá legalizar en el Registro Mercantil:

< Libro Diario

< Libro de Inventarios y Cuentas Anuales

Si está en régimen de estimación directa simplificada, deberá llevar libros fiscales:

< Libro de Ventas e Ingresos

< Libro de Compras y Gastos

< Libro de Registro de bienes de inversión

 

Podemos atenderle en:

c/ Azcona, 36. Exterior. Local 2
28028 Madrid
Tel.: 91 361 25 69
Fax: 91 542 57 12

E-Mail: info@fiscalasesor.com

 

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