D & V AsesoresD & V Asesores
Principal
Noticias
Noticias
[Madrid, por D & V Asesores]

FISCAL

La Denuncia Pública en la Ley General Tributaria

Según recoge el artículo 114 de la LGT mediante denuncia pública se podrán poner en conocimiento de la Administración Tributaria hechos o actuaciones que pudieran ser constitutivos de infracciones tributarias o ser de importancia para la aplicación de los tributos.

Una vez se recibe la denuncia se remite al estamento competente para dar inicio a las actuaciones recogidas por la Ley, es el propio estamento receptor de la denuncia el que puede acordar en archivo cuando la misma sea:

- Infundada

- No concrete los hechos

En el caso opuesto, de inicio de denuncia, son necesarios indicios suficientes sobre los hecho imputados y su desconocimiento por parte de la Administración Tributaria.

 

Podemos atenderle en:

c/ Azcona, 36. Exterior. Local 2
28028 Madrid
Tel.: 91 361 25 69
Fax: 91 542 57 12

E-Mail: info@fiscalasesor.com

 

Más Sobre Nosotros...

Volver Arriba                              Volver Inicio

 

Links
© Copyright 2007-2014 [D & V Asesores]

Diseño Optimizado