D & V AsesoresD & V Asesores
Principal
Noticias
Noticias
[Madrid, por D & V Asesores]

LABORAL

Contrato Indefinido como Tipo de Contrato de Trabajo Ordinario

El contrato indefinido tiene por objeto la prestación de un trabajo retribuido por tiempo indefinido.

Requisitos:

No existen requisitos específicos para la empresa ni para el trabajador.

La forma del contrato:

El contrato podrá celebrarse por escrito o de palabra.

El periodo de prueba:

Salvo lo dispuesto en convenio colectivo no podrá ser superior a 6 meses para los técnicos titulados y para los demás trabajadores, de 3 meses en las empresas de menos de 25 trabajadores y de 2 meses para el resto de trabajadores.

La duración del contrato:

Será por tiempo indefinido.

Extinción del contrato:

Si la duración del contrato es superior al año, la parte que desee extinguirlo, deberá notificarlo a la otra parte con una antelación mínima de 15 días. Atendiendo a la causa de la extinción del contrato el trabajador tendrá derecho o no a indemnización.

Retribución:

Se aplicará lo que pacten al respecto las partes o lo que disponga el convenio colectivo.

Cotización:

Existen incentivos que consisten en bonificaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes en los casos en los que el trabajador contratado pertenezca a alguno de los colectivos protegidos. En caso contrario, se aplicarán las normas generales.

 

Podemos atenderle en:

c/ Azcona, 36. Exterior. Local 2
28028 Madrid
Tel.: 91 361 25 69
Fax: 91 542 57 12

E-Mail: info@fiscalasesor.com

 

Más Sobre Nosotros...

Volver Arriba                              Volver Inicio

 

Links
© Copyright 2007-2014 [D & V Asesores]

Diseño Optimizado