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[Madrid, por D & V Asesores]

CONTABLE

Consecuencias fiscales por la contabilización como gasto contable en un único ejercicio la adquisición de un elemento de inmovilizado

En el supuesto de una Inspección Fiscal, se verá obligado a incrementar la Base Imponible del Impuesto sobre Sociedades en el importe de adquisición del elemento, aparte posibles intereses de demora y recargo correspondientes, dependiendo de si se encuentra en período voluntario o no. Lo correcto es contabilizar la adquisición como inmovilizado y calcular la cuota de amortización anual en función de su vida útil o criterio equivalente aceptable, pero la declaración del gasto fiscal ajustarla a las tablas oficiales del Ministerio de Economía y Hacienda.

 

Podemos atenderle en:

c/ Azcona, 36. Exterior. Local 2
28028 Madrid
Tel.: 91 361 25 69
Fax: 91 542 57 12

E-Mail: info@fiscalasesor.com

 

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