IRPF 2009.
Ejercicio 2008
Una ayuda pública o subvención para comprar una vivienda de protección oficial ha de declararse. Las ayudas públicas o subvenciones para compra de vivienda se declaran como ganancia de patrimonio en el ejercicio en que se perciban, integrándose en la base imponible general (AEAT nº 126.618).
Normalmente el contribuyente recibe el dinero cuando ya ha empezado a pagar el préstamo hipotecario y lo aprovecha para cancelar una parte de la deuda. Al cancelar, puede aplicar la deducción correspondiente por vivienda.
Las ayudas públicas para reparar defectos estructurales de construcción de la vivienda habitual pueden declararse repartidas por igual entre el ejercicio en que se obtengan y los tres siguientes.